El presente contrato de subscripción comercial al programa Value Incentive Plan (en lo sucesivo, “Contrato” y “VIP” o “Programa”, respectivamente) establece las condiciones de su participación como Abonado en el Programa. El Contrato entra en vigor en la fecha de la inscripción online. Este Contrato se celebra entre Adobe y el cliente indicado en la inscripción online como futuro Abonado. “Adobe” hace referencia a ADOBE INC., una compañía de Delaware, con domicilio social en 345 Park Avenue, San José, CA 95110-2704, si el Contrato se firma con una organización de un Abonado con sede social en Estados Unidos, Canadá o México, ADOBE SYSTEMS SOFTWARE IRELAND LIMITED, una sociedad establecido en Irlanda y cuyo domicilio social se encuentra en 4-6 Riverwalk, Citywest Business Campus, Dublin 24, Irlanda, como agente autorizado de Adobe Systems Pty Ltd (ABN 72 054 247 835), si el Contrato se firma con una organización de un Abonado con sede social en Australia, o con ADOBE SYSTEMS SOFTWARE IRELAND LIMITED, una sociedad establecido en Irlanda y cuyo domicilio social se encuentra en 4-6 Riverwalk, Citywest Business Campus, Dublin 24, Irlanda. El Abonado obtendrá de Adobe U.S. la licencia de todo el software, servicios y ofertas disponibles bajo el Programa (conjuntamente, “Producto”) para su instalación y uso en Estados Unidos (incluidos los territorios de Estados Unidos y sus bases militares ubicadas en cualquier parte), Canadá o México. El Abonado obtendrá de Adobe Ireland la licencia de todos los Productos para instalarlos y emplearlos en Australia, como agente autorizado de Adobe Systems Pty Ltd (ABN 72 054 247 835). El Abonado obtendrá de Adobe Ireland la licencia de todos los Productos para instalarlos y emplearlos en todos los demás países y territorios.
1. Descripción del programa.
1.1 Condiciones generales y periodo de vigencia del Programa. El Programa VIP es un programa de licencias flexible diseñado para permitir a los clientes cualificados y que reúnan los requisitos para gestionar e instalar licencias del Producto adquiridas a través del Programa. El Programa VIP es un programa de subscripción con Periodos de subscripción de licencias, como se define en el Apartado 3.4 de este Contrato. Una vez que la organización se suscribe a través de la interfaz de usuario de administración del programa VIP y Adobe la acepta, la organización será un abonado del programa (en lo sucesivo, “Abonado”) hasta lo que ocurra primero: (a) que Adobe finalice el Programa; o (b) que termine el presente Contrato. La participación del Abonado está además sujeta a las condiciones establecido en la guía del programa correspondiente al Programa, que puede actualizarse de vez en cuando y está disponible en www.adobe.com/go/vip_program_guide_en (“Guía del programa”). La Guía del programa queda incorporada a este Contrato por referencia. Adobe puede cambiar las condiciones del Programa a su exclusiva discreción. Si las condiciones del Programa cambian, el Abonado estará obligado a volver a aceptar las condiciones en la Console.
1.2 Terminación. Sin perjuicio de lo anterior, cualquiera de las partes podrá resolver el Contrato, alegando o no causa alguna, mediante una notificación por escrito con treinta (30) días de antelación. La Resolución de este Contrato no afectará a las obligaciones del Abonado con respecto a los Productos pedidos antes de la fecha de terminación, incluidas, entre otras, las condiciones de subscripción o las obligaciones de pago. Además, Adobe puede rescindir inmediatamente este Contrato, previo aviso por escrito, por incumplimiento del mismo (por apropiación indebida o infracción de los derechos de la propiedad intelectual de Adobe, entre otras posibles causas). Si se rescinde este Contrato, la organización del Abonado dejara de usar inmediatamente los Productos, eliminará los Productos de todos los equipos y sistemas informáticos en los que estuvieran instalados, y devolverá al Administrador de cuenta del Abonado todos los soportes que contengan los Productos y todos los materiales relacionados. Administrador de cuenta significa (i) Distribuidor, si una transacción se realiza a través de un distribuidor, o (ii) Representante de Adobe, si una transacción se realiza con Adobe.
1.3 Condiciones de uso (TOU). El acceso a los Productos y el uso de los mismos se regirán por las correspondientes condiciones de uso de Adobe (“TOU”), que pueden consultarse en https://www.adobe.com/legal/terms.html. Los términos de las TOU aplicables se incorporan a este documento por referencia (incluidas, entre otras, las condiciones relacionadas con la ley y la jurisdicción aplicables). En caso de que exista alguna incoherencia entre las condiciones de este Contrato y las TOU, prevalecerán las condiciones de este Contrato.
1.4 Productos del Programa. Para obtener una lista completa de los Productos disponibles a través del Programa, el Abonado deberá ponerse en contacto con el Gerente de su cuenta o dirigirse a los sitios web del Programa en Adobe.com http://www.adobe.com/howtobuy/buying-programs/vip.html. Todos los Productos adquiridos a través del Programa son exclusivamente para el uso dentro de la propia organización del Abonado y queda prohibida cualquier reventa, sublicencia y otra distribución, excepto lo establecido en el Apartado 4.1 y/o la Guía del programa, si es aplicable. Ciertas ofertas pueden estar disponibles para licencia con la compra de Consumibles, como se describe en la Guía del programa.
1.5 Filiales. Adobe acepta que las Filiales del cliente puedan realizar pedidos de los Productos en virtud de este Contrato, y emplear dichos Productos obtenidos de esta forma. El Cliente será responsable en última instancia de los actos u omisiones de dichos asociados. Asociado hace referencia a cualquier entidad que controle al Abonado, que esté controlada por este o por la misma entidad que controla al Abonado. A los efectos de este Apartado 1.5, el término “control” hace referencia al poder directo o indirecto de dirigir los asuntos de la otra entidad mediante un mínimo del 50 % de las acciones, derechos de voto, participación o interés económico en esta entidad.
2. Participación.
2.1 Adobe ID o ID VIP. Será necesario contar con un Adobe ID para inscribirse en el Programa. A cada Abonado se le asignará un VIP ID que deberá referenciarse en todos los pedidos. El Abonado es responsable de los actos u omisiones de cualquier persona que obtenga acceso a los Productos a través del Abonado y los use.
2.2 Consola. La interfaz de usuario para la administración del Programa se denomina “Admin Console”. Una vez que se aceptan las condiciones de este Contrato, la persona que las acepta en nombre de la organización pasa a ser el Propietario del Contrato. El Propietario del Contrato puede agregar administradores del sistema (denominados cada uno de ellos “Administrador”). El Propietario del Contrato y todos los Administradores podrán acceder a Admin Console, donde tendrán la posibilidad de acceder al Producto, gestionar sus subscripciones y ver su información de cuenta. Admin Console permitirá al Administrador invitar a más usuarios de su organización a disponer de acceso a Admin Console. El Abonado autoriza a cualquier Administrador o Propietario del contrato a actuar en nombre del Abonado.
2.3 Confidencialidad. El Abonado deberá considerar el VIP ID como confidencial y no deberá compartir ni divulgar dicha información, excepto con el Administrador de cuentas del Abonado.
2.4 Subscripciones. Las condiciones del Anexo B se aplicarán a Abonados educativos, de la Administración pública y sin ánimo de lucro. El Abonado debe emplear un Contrato VIP independiente para cualquier Producto disponible y pedido para su uso en la República Popular China.
3. Pedidos, precios y cumplimiento.
3.1 Pedidos y precios. El Abonado realizará pedidos de Productos a su Administrador de cuenta. Todas las tarifas las determina el Administrador de cuentas del Abonado. Cuestiones como el precio, la entrega y las condiciones de pago se acordarán entre el Abonado y el Gerente de su cuenta. Adobe no puede garantizar ningún descuento concreto, a menos que Adobe sea el gerente de la cuenta del Abonado.
3.2 Acceso, implementación de Admin Console y cumplimiento. Tras convertirse en Abonado, el Administrador del Abonado recibirá acceso a los Productos disponibles, a través de Admin Console. El Abonado puede agregar muchos Productos en Admin Console y obtener acceso inmediato a dichos Productos. Adobe debe recibir un pedido de dichos Productos dentro del Periodo de gracia.
3.3 Periodo de gracia para Productos agregados en Admin Console. El Periodo de gracia es de 14 días luego de agregar dichos Productos. Si Adobe no recibe un pedido de dichos Productos dentro del Periodo de gracia, en ese caso el Abonado ya no podrá agregar Productos adicionales hasta realizar el pago de todos los Productos agregados. El Abonado podrá gestionar el número de Productos instalados en la Console.
3.4 Vencimiento del contrato, periodo de subscripción y renovaciones.
3.4.1 Fecha de vencimiento. A menos que Adobe comunique lo contrario, la Fecha de vencimiento del Abonado es el día situado doce meses después de que Adobe acepte el pedido inicial del Abonado (“Fecha de vencimiento”).
3.4.2 Periodo de subscripción. Periodo de subscripción significa el periodo de tiempo durante el cual un Abonado puede emplear Productos, e incluye el Periodo de subscripción inicial y los Periodos de subscripción por renovación. Periodo de subscripción inicial significa el periodo que comienza en la fecha del pedido inicial del Abonado y termina el día anterior a la Fecha de vencimiento. Con respecto a la renovación de la Subscripción del Producto, los Periodos de subscripción por renovación comienzan en la Fecha de vencimiento y continúan hasta el día anterior a la siguiente Fecha de vencimiento. El uso de los Productos de subscripción y los servicios relacionados termina conjuntamente el último día del Periodo de subscripción. La mayor parte de los Consumibles deben emplearse dentro de un único Periodo de subscripción, y los Consumibles no empleados caducarán el último día del Periodo de subscripción. Puede encontrarse información adicional en la Guía del programa.
3.4.3 Renovaciones de subscripción. Adobe o el Administrador de cuenta harán esfuerzos razonables para notificar al Abonado antes de la fecha de finalización de cualquier Periodo de subscripción. Las subscripciones deberán renovarse antes de la Fecha de vencimiento para garantizar el uso ininterrumpido del Producto.
3.5 Protección de actualizaciones. La compra del Producto o Productos de subscripción incluye el derecho a actualizaciones, es decir, que el Abonado tendrá derecho a recibir la última versión disponible de un Producto adquirido en el marco del programa siempre que la subscripción del Producto esté pagada y activa en el momento en que Adobe distribuya comercialmente la nueva versión del Producto.
3.6 Devoluciones. Sin perjuicio de los derechos que un Abonado pueda tener de conformidad con las leyes de consumo de la jurisdicción en la que se encuentre, una vez se instale un Producto o se acceda a él, el Abonado no podrá devolverlo. Si el Abonado requiere una devolución antes de la instalación, el Abonado deberá devolver el pedido completo. El Abonado debe aplicar la devolución de los Productos adquiridos en virtud del Contrato a través del Administrador de cuentas del Abonado. Con sujeción a todos los derechos de garantía aplicables, las solicitudes de devolución deben realizarse al Administrador de cuentas del Abonado dentro de los catorce (14) días siguientes a la fecha del pedido del Producto original del Abonado. Adobe debe aprobar todas las solicitudes de devolución antes de que cualquier devolución sea válida, como se describe más adelante en la Guía del programa.
3.7 Pedidos directos a Adobe. Si el Abonado hace pedidos directamente a Adobe, se aplicará esta sección. Los Abonados pueden agregar Productos en cualquier momento mediante Admin Console o a través de un representante de Adobe, pero usted deberá realizar un pedido de todos los Productos a un representante de Adobe. Los Productos tendrán los precios indicados en las tarifas vigentes en el momento del pedido y se prorratearán en función de los días que le queden a su Periodo de subscripción. Sin perjuicio de lo indicado en 3.2, 3.3 y 4.2, si agrega Productos mediante Admin Console, en ese caso Adobe puede facturarle directamente por esos productos al precio vigente en el momento en cuestión. Su pedido puede estar sujeto a la aprobación del crédito. Se cargará al Abonado el precio del Producto, más los impuestos correspondientes. Para cualquier Producto pedido, el Abonado deberá abonarlo por completo en un plazo de 30 días a partir de la fecha que conste en la factura. Cualquier importe no abonado estará sujeto a intereses a un tipo que sea el menor entre un 1,0 % al mes y el tipo máximo que permita la ley correspondiente sobre tarifas impagadas, a partir de la fecha en que debería haberse abonado hasta la fecha en que se pague en su totalidad el importe completo más el interés.
4. VIP Marketplace.
4.1. El Apartado 4 “VIP Marketplace” se aplicará únicamente a los Productos licenciados a través de VIP Marketplace. A pesar de lo indicado en el apartado 3.4.3 anterior, al final de su periodo de subscripción en VIP Marketplace, su subscripción anual se renovará automáticamente conforme al precio del socio de Adobe: 1) que esté vigente en su Fecha de vencimiento; y 2) para su nivel de descuento correspondiente, a menos que opte por cambiar o cancelar al menos 3 días antes de su Fecha de vencimiento o que Adobe comunique lo contrario. Para mayor claridad, su Administrador de cuentas determinará las tarifas de su Producto. Consulte la Guía del Programa VIP Marketplace para obtener detalles. Los Abonados pueden trabajar con su Administrador de cuentas para ajustar las Subscripciones de Productos.
4.2 Periodo de gracia de VIP Marketplace. Sin perjuicio de lo indicado en los Apartados 3.2 y 3.3, el Periodo de gracia para los productos de VIP Marketplace es de siete días luego de agregar los Productos, en lugar de 14 días. Si Adobe no recibe un pedido de los Productos agregados a través del VIP Marketplace dentro del Periodo de gracia, entonces, en ese caso, los dichos Productos se retiran.
5. Varios.
5.1 Transferencia de licencia. Las TOU del Producto no rigen las restricciones sobre la cesión de los Productos con licencia en virtud de o en relación con este Contrato. En circunstancias limitadas, Adobe podrá permitir la cesión de licencias del Producto en virtud de este Contrato a su sola discreción. Estas solicitudes se deben dirigir al Servicio de atención al cliente de Adobe, incluyendo una descripción de la razón para la transferencia aplicar, y la información de contacto del subrogado. Puede encontrarse información adicional en la Guía del programa. Para mayor claridad, todos los productos se ceden bajo licencia, no se venden.
5.2 Cumplimiento de la licencia. El Abonado debe realizar mantenimiento en los sistemas y/o procedimientos para garantizar un registro preciso del número de copias de los Productos que se instalaron y/o implantado y conservar los registros de instalación y/o implantación del Producto durante dos (2) años tras la finalización del Contrato. Adobe y/o sus representantes podrán realizar una auditoría de la instalación o implementación del Producto del Abonado, no más de una vez por año y con previa notificación escrita con treinta (30) días de antelación. Dicha auditoría exigirá que el Abonado facilite un reporte preciso y sin editar de todos los Productos instalados/implementados a los que accedió el Abonado y toda la documentación de compra válida de todos los Productos, en un plazo de treinta (30) días a partir de la solicitud. Si las conclusiones de la auditoría demuestran la existencia de algún incumplimiento de las licencias del Producto, el Abonado deberá adquirir las licencias necesarias en un plazo de treinta (30) días a partir de que esta circunstancia se le notifique. Sin perjuicio de lo anterior, Adobe se reserva el derecho a realizar una auditoría in situ de la instalación/implementación de licencias del Abonado, en horario comercial normal y con previa notificación escrita con diez (10) días laborables de antelación. Este Apartado 5.2 seguirá vigente tras la finalización del Contrato durante un periodo de dos (2) años.
5.3 Uso de la información. Adobe podrá emplear información sobre el Abonado o Asociado, como su nombre e información de contacto, para el cumplimiento de las obligaciones del presente Contrato. Para obtener más información, consulte el centro de privacidad de Adobe (adobe.com/privacy).
5.4 Declaración. Las partes aceptan que la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías queda específicamente excluida en este Contrato. Si el Abonado es una entidad de la Administración pública Federal de Estados Unidos, el Abonado acepta que Adobe tendrá derecho a plantear cualquier reclamación por incumplimiento de contrato surgida de este Contrato según la Ley de disputas contractuales estadounidense de 1978 (“Ley de Disputas”).
5.5 General. Las partes son contratantes independientes y no deberá interpretarse este Contrato de manera que implique que cualquiera de las partes sea agente o asociada de la otra. El Abonado no podrá ceder este Contrato (por disposición legal o de otro tipo) sin el consentimiento previo por escrito de Adobe, y cualquier cesión no permitida se considerará nula y sin efecto. Adobe puede, a su libre discreción, ceder o novar este Contrato, sin el consentimiento previo por escrito del Abonado. Este Contrato será vinculante y redundará en beneficio de cualquier sucesor o subrogado permitido. Ninguna modificación se considerará válida o vinculante a menos que sea por escrito. El presente Contrato (incluyendo la Guía del programa, las TOU aplicables, los anexos o la información de subscripción en línea, si corresponde) constituye el acuerdo total entre las partes sobre la materia de este Contrato. En el caso de que cualquier disposición de este Contrato se considere inaplicable, el resto de las disposiciones del Contrato seguirán estando en pleno vigor.
Si el Administrador de cuentas del Abonado ya no es Administrador de cuentas autorizado de Adobe, entonces, luego de notificar al Abonado, Adobe puede pasar la cuenta del Abonado a un Administrador de cuentas autorizado de Adobe que lo sea en ese momento.
Este Contrato está redactado y se firma solo en inglés. La versión en inglés será la dominante en todos los sentidos y cualquier versión de este Contrato en cualquier otro idioma no será vinculante ni tendrá efecto alguno. Además, cada parte acepta que la firma del Abonado o de Adobe en alguna versión en un idioma que no sea inglés, incluso si no hay firmas en la versión en inglés tendrá la consideración de haberse firmado la versión en inglés, que será vinculante para las partes. Sin perjuicio de lo mencionado anteriormente, si hay algún conflicto o alguna incoherencia entre la versión en inglés de este Contrato y cualquier otra versión traducida de este Contrato, prevalecerán la versión en inglés y su interpretación. Todas las comunicaciones o avisos que se realicen en virtud de este Contrato y las disputas que surjan en virtud de este Contrato se llevarán a cabo o resolverán en inglés.
5.6 Servicios. El Producto puede integrarse con distintos servicios, controlados por Adobe o terceros, que pueden incluir contenido generado por usuarios que puede ser (a) inadecuado para menores, (b) ilegal en algunos países; o (c) inadecuado para verse en el trabajo. Puede encontrarse una lista completa de servicios integrados aquí: www.adobe.com/go/integratedservices. Si el Abonado desea evitar que se vean servicios de contenido generado por los usuarios o se acceda a ellos, puede (i) deshabilitar el acceso al servicio en Creative Cloud Packager, donde se dispone de esta funcionalidad, o (ii) bloquear el acceso a los servicios a través de su firewall de red. Los Servicios no se encuentran, en ninguna circunstancia, disponibles para usuarios menores de trece (13) años. Adobe rechaza cualquier responsabilidad sobre todo el contenido generado por los usuarios disponible a través de los servicios. El Abonado es responsable de determinar si el uso de los servicios cumple las leyes aplicables en la jurisdicción del Abonado. El Abonado no tendrá derecho a reembolso ni Adobe se hará responsable: (i) si el acceso a los servicios se ralentiza o bloquea como resultado de una acción de la Administración pública o del proveedor de servicios, o (ii) si Adobe considera razonablemente necesario bloquear el acceso a algunos o todos los servicios.
ANEXO B
SECTOR EDUCATIVO, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y ORGANIZACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO
A. AFILIADOS A EDUCACIÓN
Para Abonados que representen un Centro educativo (definido más adelante), se aplicarán las siguientes condiciones adicionales. Adobe se reserva el derecho a finalizar los pagos de entidades educativas, si el Abonado no es una Entidad educativa.
1. Definiciones aplicables a los Abonados de Centros educativos.
1.1 Entidad educativa. La siguiente es una lista no exhaustiva de instituciones educativas idóneas: (a) Centros de enseñanza primaria o secundaria, ya sean públicos o privados, homologados (por entidades homologadoras oficiales) que proporcionen enseñanza a tiempo completo; (b) Universidades o facultades homologadas (incluidos los institutos de enseñanza superior y de formación profesional), ya sean públicas o privadas, que otorguen titulaciones que requieran el equivalente a un mínimo de dos años de estudios a tiempo completo; (c) Instituciones educativas designadas, si fueron aprobadas individualmente por escrito por Adobe; (d) Hospitales que en su totalidad los posea y gestione una institución educativa que reúna los requisitos por otros medios, donde la expresión “en su totalidad los posea y gestione” significa que la institución educativa es la propietaria exclusiva del hospital y la única entidad que ejerce control sobre las operaciones diarias; y (e) Laboratorios de investigación universitaria que i) sean una institución pública y reconocida por una autoridad educativa nacional o regional, ii) muestren a estudiantes, e iii) puedan facilitar una copia de las disposiciones que establezcan la relación con la universidad que ejerce el control.
La siguiente es una lista no exhaustiva de entidades que no son instituciones educativas cualificadas: (a) centros de enseñanza no homologados; (b) museos o bibliotecas; (c) hospitales que no sean propiedad y gerencia en su totalidad de una institución educativa homologada; (d) iglesias u organizaciones religiosas que no sean centros de enseñanza homologados; (e) centros de formación profesional o centros de enseñanza que otorguen certificados para cursos como informática o formación profesional que no estén homologados o que otorguen titulaciones que requieran menos del equivalente a dos años de enseñanza a tiempo completo; (f) escuelas militares que no otorguen titulaciones académicas; y (g) laboratorios de investigación no reconocidos por un ministerio nacional o estatal que monitorear la educación. Por ejemplo, las instituciones reconocidas por otros departamentos de la Administración pública no reúnen los requisitos.
Las listas anteriores no se aplican a los países enumerados en la Sección 1.2 (Definición regional específica) siguiente.
1.2 Definición específica de Centro educativo según la región.
(a) Países de Asia Pacífico excluyendo los países del Sudeste asiático según se definen en el subpárrafo (b) siguiente. Si el Abonado educativo es residente en Australia, Nueva Zelanda, India, Sri Lanka, China continental, RAE de Hong Kong de China, Región de Taiwán, República de Corea, República Popular de Bangladesh, República Federal Democrática de Nepal, República de la Unión de Myanmar, Pakistán o Mongolia, o cualquier país designado por Adobe cada cierto tiempo, “Entidad educativa” significará las entidades que satisfagan el significado de “Usuarios educativos cualificados” (excepto las cláusulas tituladas “Abonados del personal académico y del personal a tiempo completo y parcial” y “Estudiantes”) definido por Adobe en https://www.adobe.com/special/avl/education/ap/index2.html (o el sitio web que sustituya a este), actualizado por Adobe cada cierto tiempo.
(b) Países del Sudeste asiático. Si el Abonado educativo reside en Indonesia, Malasia, Filipinas, Singapur, Tailandia o Vietnam, “Entidad educativa” o “Institución educativa” tendrán los significados respectivos definidos por Adobe en https://www.adobe.com/go/edu_entity_sea (o el sitio web que sustituya a este), según lo vaya actualizando Adobe de vez en cuando.
(c) Japón. Si el Abonado educativo reside en Japón, “Entidad educativa” o “Institución educativa” tendrá los significados respectivos designados por Adobe en https://helpx.adobe.com/jp/x-productkb/policy-pricing/cq081918191.html (o el sitio web que sustituya a este), actualizado por Adobe de vez en cuando.
1.3 Centros de enseñanza primaria y secundaria. Los Centros de enseñanza primaria y secundaria se definen en la Guía del programa. Adobe puede tener ofertas disponibles para los abonados que estén homologados como Centros de enseñanza primaria y secundaria. Adobe se reserva el derecho a poner fin a las licencias de los Centros de enseñanza primaria y secundaria y a los pagos si el Abonado no es un Centro de enseñanza primaria y secundaria según se define en la Guía del programa. Consulte la Guía del programa educativo del VIP para obtener detalles adicionales y http://www.adobe.com/go/primary-secondary-institution-eligibility-guidelines.
B. AFILIADOS A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Para Abonados de la Administración Pública (definida más adelante), se aplicarán las siguientes condiciones adicionales. Adobe se reserva el derecho a finalizar los pagos de la Administración pública si el Abonado no es una Entidad de la Administración pública.
1. Definiciones aplicables a Abonados de la Administración pública.
Administración Pública. La participación está supeditada a la condición de que el Abonado (y cada Asociado) pertenezca a la “Administración Pública”, esto es: (a) organismo, ministerio, comisión, junta, oficina, consejo o autoridad federal, central o nacional (de carácter ejecutivo, legislativo o judicial); (b) organismo, ministerio, comisión, junta, oficina, consejo, entidad o autoridad gubernamental perteneciente a un municipio, distrito especial, ciudad, provincia o región, o cualquier otro tipo de organismo de carácter ejecutivo, legislativo o judicial de las autoridades locales o nacionales, creado según lo dispuesto en la constitución o un estatuto del país competente, incluido cualquier organismo administrativo local, regional o nacional; o (c) un organismo público u organización creada y/o financiada por gobiernos federales, estatales o locales y con autorización para llevar a cabo la tarea de regir o apoyar a ciudadanos, compañías u otros organismos públicos. Para evitar cualquier género de duda, los siguientes organismos no pertenecen a la Administración Pública: compañías privadas con ánimo de lucro, organizaciones sin ánimo de lucro, asociaciones comerciales e industriales, instituciones de educación superior o sindicados, incluso en el caso de realicen trabajos en colaboración con organismos públicos o en nombre de estos, salvo que posean una carta de autorización específica de la Administración Pública de los EE. UU. de acuerdo con la normativa FAR Part 51. El Abonado manifiesta a Adobe que tanto él como sus Filiales son entidades de la Administración pública. La lista de organismos cualificados de la “Administración Pública” de Japón puede consultarse en: http://www.adobe.com/jp/aboutadobe/volumelicensing/pdfs/cl5_government_license_table.pdf.
1.1 Para Francia: un organismo de la Administración Pública es un organismo, ministerio, comisión, junta, oficina o consejo (nacional, regional o local); una ciudad, región o entidad sujeta a la Ley pública francesa y bajo la administración de una organismo público.
2. Condiciones aplicables a los Abonados de la Administración pública.
2.1 Restricciones adicionales. Para Abonados del Gobierno Federal de los Estados Unidos, se entiende que todos los pedidos están sujetos a la normativa FAR 52.232-18 (disponibilidad de fondos) y FAR 52.232-19 (disponibilidad de fondos para el próximo año fiscal) y, por tanto, los Abonados del Gobierno Federal de los Estados Unidos no deberían instalar ningún Producto a menos que haya fondos disponibles para dichos pedidos. En la medida en que cualquier entidad de la Administración pública regional o local esté sujeta a requisitos similares, dichas entidades no implementarán ningún Producto, a menos que haya fondos disponibles para pagar dichos pedidos.
2.2 Terminación. Este Contrato podrá ser rescindido por un Abonado que sea cliente del Gobierno Federal de los Estados Unidos de acuerdo con la FAR 52.249-1 (Terminación por conveniencia del gobierno). Adobe puede cambiar las Condiciones a su exclusiva discreción.
2.3 Abonados de gobierno federal. Aviso para usuarios finales del Gobierno Federal de Estados Unidos (artículos comerciales): los Productos suministrados en virtud del presente Contrato constituyen “Artículos comerciales”, tal y como se define dicho término en el 48 C.F.R. §2.101, y constan de un “Programa informático comercial”, “Documentación del programa informático comercial”, y los servicios relacionados con el mismo, tal y como se emplean dichos términos en el 48 C.F.R. §12.212 o el 48 C.F.R. §227.7202, según proceda. Según el 48 C.F.R. §12.212 o 48 C.F.R. §227.7202-1 a §227.7202-4, las licencias del Programa informático comercial y la Documentación del programa informático comercial se conceden a los usuarios finales de la Administración pública de EE. UU.: (a) solo como Artículos comerciales; y (b) solo con aquellos derechos que se otorgan a los demás usuarios finales según las condiciones del presente Contrato y las TOU. Los derechos no publicados se reservan de conformidad con la legislación de los Estados Unidos, Adobe Systems Incorporated, 345 Park Avenue, San José, CA 95110-2704, EE. UU.
C. AFILIADOS A ORGANIZACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO
Las condiciones adicionales aplicables a abonados de organizaciones sin ánimo de lucro se incluyen en la Guía del programa. Adobe se reserva el derecho a finalizar pagos si el Abonado no es una organización sin ánimo de lucro idónea, según se describe en https://helpx.adobe.com/buying-programs/non-profit.html.